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¿Cómo presento el modelo 193 (resumen anual de dividendos e intereses)?

El modelo 193 es el resumen anual de todo lo que has retenido durante el año al pagar dividendos, intereses y otras rentas del capital mobiliario, perceptor a perceptor. Se presenta en enero y es lo que hace que esas retenciones aparezcan en la declaración de la renta de cada socio. El ERP genera el fichero a partir del libro de retenciones del ejercicio completo y, antes de dejarte generarlo, lo cuadra con los modelos 123 del año.

Importante: el 193 es una declaración informativa y se presenta desde el ERP por un canal propio de la AEAT llamado TGVI Online, en el que Hacienda revisa el fichero perceptor a perceptor. La pantalla tiene los botones Validar en la AEAT y Presentar en la AEAT, y el envío se sigue en Fiscal → Presentaciones AEAT; cómo funciona, en Presentar un modelo en la AEAT. Antes de presentar por primera vez, pasa el fichero por Validar en la AEAT y repásalo con tu asesor.

Y hay un límite que conviene conocer de entrada: el fichero sale como declaración simplificada, es decir, para una empresa que paga esas rentas por su cuenta. Si tu empresa es emisora de valores depositados, entidad depositaria, gestora del cobro o perceptora de gastos de administración de valores, este fichero no le sirve. Se explica más abajo.

¿Por qué el 193 tiene que cuadrar con los 123?

Porque son la misma cosa contada dos veces. Durante el año has presentado modelos 123, uno por trimestre, y en cada uno has ingresado lo que retuviste por dividendos e intereses. El 193 es el resumen de todo eso, pero desglosado por perceptor.

La AEAT compara las dos cifras: la suma de las retenciones de los 123 tiene que ser igual al total de retenciones del 193. Si no coinciden, pasa una de estas dos cosas, y ninguna es buena:

Por eso el ERP no te deja generar el 193 si no cuadra, salvo que marques expresamente que quieres hacerlo de todas formas.

¿Qué necesito antes de empezar?

¿Cómo se hace?

  1. Entra en el menú Impuestos y luego en Modelo 193.
  2. Elige el Ejercicio. Al entrar viene puesto el año anterior, que es el que se declara en enero.
  3. La pantalla calcula sola el Cuadre con los modelos 123. Si cambias de ejercicio, se recalcula.
  4. Lee el cuadre antes que nada. Es una tabla con una fila por trimestre: lo que dice el 193 y lo
  5. Si cuadra, pulsa Generar.
  6. Si no cuadra, revisa primero los Avisos del cuadre: casi siempre te dicen exactamente qué
  7. Revisa el Resumen anual: declarante, número de perceptores declarados, base total y total de
  8. Lee la lista de Avisos. Cada aviso señala algo que el fichero no ha podido rellenar.
  9. Baja al Desglose por clave de percepción y a la tabla de Perceptores y repásalos: es lo
  10. Pulsa Validar en la AEAT. Hacienda revisa el fichero perceptor a perceptor, sin presentar
  11. Si hay declarados mal, corrígelos y vuelve a generar y validar.
  12. Pulsa Presentar en la AEAT. El envío se sigue en Fiscal → Presentaciones AEAT.

También puedes Descargar el fichero, o Descargar PDF para la copia de trabajo.

¿Cómo se lee el cuadre?

Cada fila es un trimestre. La columna 193 sale del libro de retenciones ordenado por la fecha en que se devengó cada retención; la columna 123 sale de la liquidación de ese trimestre. La columna Diferencia es lo que sobra o falta.

Lo que ves en la columna «Estado»Qué significa
cuadraEse trimestre coincide
descuadreEse trimestre no coincide (mira la diferencia)
sin 123No hay liquidación del 123 para ese trimestre. No es lo mismo que haber declarado cero

Un trimestre descuadrado no siempre es un problema. Si un pago de enero se te olvidó y lo declaraste en el 123 del segundo trimestre, verás una diferencia positiva en el 1T y otra negativa del mismo importe en el 2T. Eso es un arrastre y es perfectamente legal: la fila del Total del año sigue cuadrando, y el ERP te lo dice con un aviso. Lo que decide si el 193 se puede presentar es el total del año, no cada trimestre por separado.

¿Qué pasa cuando lo hago?

Generar y descargar el fichero no cambia nada en el ERP: no marca nada como declarado, no cierra periodos ni guarda registro de la generación. Puedes generarlo tantas veces como quieras.

Solo entra el capital mobiliario. Lo que decide si una retención entra es la naturaleza de su tipo, no su clave:

Naturaleza del tipo de retención¿Entra en el 193?
Capital mobiliarioSí
Rendimientos del trabajoNo · declara en el modelo 190
Actividades profesionalesNo · declara en el modelo 190
Actividades agrícolas, ganaderas y forestalesNo · declara en el modelo 190
ArrendamientoNo · declara en el modelo 180
Sin clasificarNo · clasifica el tipo y vuelve a generar

Un perceptor sale en un registro por cada clase de renta. Al socio al que le pagaste un dividendo y además intereses de un préstamo le saldrán dos registros: uno con clave A y otro con clave B. Y se parte uno más si hay atrasos: rentas devengadas en un año anterior y cobradas ahora (lo marcas en Fiscal → Percepciones, campo Año de devengo) salen en un registro aparte con su año.

El porcentaje que sale es el último del año, no la media. Lo manda el diseño oficial con estas palabras: «si se hubiera aplicado más de un porcentaje a lo largo del año, se indicará exclusivamente el último de ellos». Así que la base multiplicada por ese porcentaje no dará la retención declarada. Es correcto, y el ERP te lo avisa para que no lo tomes por un error.

¿Qué tengo que revisar a mano antes de presentar?

El fichero sale como declaración simplificada. El diseño oficial reserva un campo para decir que el declarante no es ninguna de estas cuatro cosas: entidad que paga por cuenta ajena, depositaria o gestora del cobro de valores; emisora de valores depositados en aquéllas; declarante con regularizaciones de ingresos a cuenta anteriores a 1999; o perceptora de gastos de administración y depósito de valores. Una empresa que reparte dividendos a sus socios o paga intereses de un préstamo no es ninguna de las cuatro, y por eso el ERP marca esa casilla.

Cuando se marca, el propio diseño manda dejar vacíos —y así salen— estos bloques:

Además salen a cero, porque el ERP no los modela:

Y todos los registros salen con percepción dineraria: si pagaste algún dividendo en especie, sepáralo en la sede.

Casos que aparecen a menudo

«No hay liquidación del modelo 123 para el trimestre 3»

No has liquidado ese trimestre. El cuadre lo cuenta como cero, que no es lo mismo que haber declarado cero. Crea la liquidación en Fiscal → Liquidaciones de retenciones con ámbito «123» y vuelve a cuadrar.

«X apuntes del libro NO están en ninguna liquidación»

Es la causa más frecuente de descuadre: hay retenciones anotadas en el libro que no entraron en ningún 123, así que están en el 193 y no se ingresaron. Liquida esos periodos antes de presentar.

Los dividendos me salen con clave B

El tipo de retención con el que se anotaron no tiene la Clave AEAT A. Ver Presentar el modelo 123, apartado de claves.

Un perceptor sale sin NIF

La AEAT valida el 193 perceptor a perceptor y rechaza los registros sin NIF. Rellena el NIF en la ficha del tercero y vuelve a generar.

El código de provincia sale a «00»

El perceptor no tiene provincia en su ficha. Rellénala y vuelve a generar.

¿Qué es validar «perceptor a perceptor» y qué pasa si alguno sale mal?

Al pulsar Validar en la AEAT el fichero se manda a Hacienda, que lo revisa perceptor a perceptor sin presentar nada. Al terminar sabrás cuántos socios están bien y cuántos mal.

Ojo: validar un fichero nuevo descarta el que hubieras validado antes para ese mismo modelo, ejercicio, periodo y declarante. Es una regla de Hacienda, no del ERP.

Hacienda presenta solo los declarados correctos y deja fuera los que fallan. Esa decisión no la toma el ERP: si hay declarados con errores y pulsas Presentar en la AEAT, se detiene antes de presentar y te lo dice. Desde Fiscal → Presentaciones AEAT eliges entonces entre descargar Registros erróneos —un fichero que viene ya con formato de declaración complementaria— o Presentar solo los correctos. El detalle, en Presentar un modelo en la AEAT.

¿Puedo sacar el 193 en papel?

Sí, con Descargar PDF. Es una copia de trabajo, no el impreso oficial, y trae tres cosas: el desglose por clave, el cuadre contra los 123 y la relación completa de perceptores con su base y su retención, agrupada por clave y con subtotales. Su diseño se puede retocar desde el diseñador de formatos (Liquidaciones → Resumen anual de capital mobiliario Modelo 193).

El total anual de retenciones me sale negativo

El diseño oficial del 193 dice, literalmente, que «todos los importes serán positivos», y no tiene ni un campo de signo. Si al anular pagos ya declarados la suma del año queda por debajo de cero, el ERP lo emite en valor absoluto y lo avisa. Eso se corrige por el trámite de consulta y modificación de declaraciones de la sede, no por fichero.

Si algo va mal

Lo que vesQué ha pasadoQué hacer
«El resumen anual no cuadra con la suma de los modelos 123…»El año no cuadra y no marcaste la casillaRevisa el cuadre; si aun así lo necesitas, marca Generar aunque no cuadre
«No hay retenciones sobre el capital mobiliario practicadas durante…»No hay ningún dividendo ni interés con retención anotado ese año, o sus tipos no son de naturaleza Capital mobiliarioComprueba el ejercicio y la naturaleza de tus tipos de retención
«Ejercicio no válido.»El año tecleado está fuera de rangoEscribe un año de cuatro cifras
Aviso «el 193 sale con el NIF en blanco (no presentable)»La ficha de la empresa no tiene NIFRellénalo en Gestión de empresas y vuelve a generar
Aviso «apuntes … NO entran en el 193 … modelo 180»Hay retenciones de alquiler en el añoEs correcto: esas van al 180
Aviso «por DEFECTO» que nombra los dividendosHay pagos sin clave de percepciónPonla en Fiscal → Tipos de retención
Aviso «X perceptores han tenido más de un tipo de retención»Cambió el porcentaje durante el añoEs correcto: se declara el último, como manda el diseño
El fichero no se descargaEl navegador bloquea la descargaPermite las descargas del sitio y pulsa Descargar otra vez

Ver también: Presentar un modelo en la AEAT · Presentar el modelo 123 · Presentar el modelo 180 · Presentar el modelo 190 · Liquidar las retenciones · Registrar percepciones sin factura · Definir los tipos de retención

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