¿Cómo anoto los ajustes, las pérdidas y las deducciones del Impuesto sobre Sociedades?
El resultado contable no es la base imponible. Entre uno y otra hay ajustes que decide el asesor, pérdidas de años anteriores que se compensan y deducciones que quedaron pendientes. Esta pantalla es donde viven, y donde siguen vivos de un año para otro.
¿Por qué hace falta anotarlo aquí?
Porque nada de esto está en la contabilidad. Una multa se contabiliza como un gasto más, pero fiscalmente no es deducible. Una pérdida de hace tres años no deja rastro en el ejercicio actual, y sin embargo se resta de él. Una deducción que no cupo el año pasado sigue viva y caduca.
Si esto no se anota en el ERP, el asesor lo lleva en su hoja de cálculo y la declaración se prepara fuera.
¿Cómo se hace?
Entra en Impuestos y luego en Memoria fiscal (IS). Elige el Ejercicio que estés preparando — por defecto sale el año anterior — y usa las tres pestañas.
Arriba salen las cifras del año de un vistazo: ajustes netos, bases negativas pendientes, deducciones aplicables y, si ya existe, la liquidación del ejercicio.
Ajustes extracontables
Cada ajuste es una diferencia entre lo que dice la contabilidad y lo que dice la ley fiscal.
Para dar uno de alta:
- Escribe el Concepto. No lo dejes vago: es lo único que hace defendible el ajuste ante un
- Pon el Importe en positivo, siempre.
- Elige el Efecto sobre la base: Aumenta (+) o Disminuye (−).
- Elige el Carácter (ver abajo).
- Guarda con Registrar.
El importe va en positivo y el sentido lo marca el desplegable. Es a propósito: si se pudiera teclear un importe negativo y además elegir «disminuye», un despiste aumentaría la base sin que nadie lo notara.
Los tres caracteres, y por qué importan
| Carácter | Qué significa | Ejemplo |
|---|---|---|
| Permanente | La diferencia no se recupera nunca | Una multa, un donativo no deducible |
| Temporaria (origen) | La diferencia se recupera en años futuros | Una amortización acelerada |
| Temporaria (reversión) | Es la vuelta de una temporaria de otro año | La misma amortización, cuando revierte |
Al elegir Temporaria (reversión) aparece un desplegable para decir qué diferencia revierte. Es obligatorio, y el ERP solo te deja elegir diferencias temporarias de origen de ejercicios anteriores o del mismo.
Por qué se insiste tanto: una diferencia temporaria que nadie revierte se convierte de hecho en permanente. El dinero está, pero se pierde por no acordarse. En el resumen sale un aviso con cuántas temporarias tienes abiertas.
Los ajustes que se repiten todos los años
Marca Se repite todos los años en los que sean estructurales.
Después, en el ejercicio siguiente, pulsa Proponer recurrentes en la cabecera: el ERP trae los del año anterior para que los revises. Los propone, no los da por buenos: llegan como filas normales, y si alguno ya no aplica lo borras. Puedes pulsar el botón dos veces sin miedo, no duplica nada.
Bases imponibles negativas
Son las pérdidas de ejercicios anteriores pendientes de compensar. Desde 2015 no caducan.
- Pon el Ejercicio de origen: el año en que se generó la pérdida.
- Pon el Importe original, en positivo.
- Si parte ya se compensó fuera del ERP, ponlo en Ya compensado.
Hay una fila por ejercicio. Si intentas meter dos del mismo año, el ERP lo impide: la pérdida de un año es una sola magnitud, y dos filas serían la misma contada dos veces.
El Pendiente se calcula solo.
Deducciones pendientes
Son las deducciones de la cuota que no cupieron en su año.
- Pon el Concepto («I+D 2024», «Donativos 2023»).
- Pon el Ejercicio de origen y el Importe original.
- Pon el Último ejercicio aplicable.
Aquí sí puede haber varias del mismo año: son conceptos distintos con plazos distintos.
Rellena el último ejercicio aplicable. Dejarlo en blanco no significa que la deducción no caduque: significa que nadie te va a avisar. En el resumen salen dos avisos, uno para las que caducan este año — es la última oportunidad — y otro para las que ya caducaron con saldo.
¿Qué es la liquidación que sale arriba?
Si el ejercicio ya tiene una liquidación del Impuesto sobre Sociedades hecha, aquí se ve resumida: base imponible, tipo y cuota. Es una foto del día en que se cerró, y no se recalcula aunque después toques la contabilidad — porque lo que se presentó, se presentó.
De esa foto sale también la cuota que el modelo 202 usa como base del pago fraccionado.
Si algo va mal
| Lo que ves | Qué ha pasado | Qué hacer |
|---|---|---|
| El importe debe ser mayor que cero | Metiste un importe negativo o cero | Pon el importe en positivo y usa el desplegable de efecto |
| Una reversión tiene que decir qué diferencia temporaria revierte | Elegiste reversión sin señalar el origen | Elige el ajuste de origen en el desplegable |
| El desplegable de origen está vacío | No hay ninguna diferencia temporaria de origen registrada | Regístrala primero, en su ejercicio |
| No se puede borrar: X ajustes de reversión lo referencian | Estás borrando el origen de una reversión | Borra antes las reversiones |
| No se puede borrar: ya se han compensado X € | Ese saldo ya lo consumió una liquidación | Anula antes la liquidación; el saldo se devuelve solo |
| Ya hay una base negativa del ejercicio… | Solo cabe una por año | Edita la que ya existe |
| No se puede haber compensado más de lo que se generó | El importe compensado supera al original | Revisa las dos cifras |
Ver también: Sacar los estados contables del Impuesto sobre Sociedades · Preparar el modelo 200 · Presentar el modelo 202
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