Régimen general

El régimen general de la Seguridad Social es el sistema en el que cotizan la mayoría de los trabajadores por cuenta ajena en España. A través de sus cotizaciones, los empleados acceden a prestaciones como asistencia sanitaria, incapacidad temporal, desempleo o jubilación.

Forma parte del sistema público de protección social y se diferencia de los regímenes especiales (como el de autónomos) por el tipo de actividad y relación laboral.

¿Qué es el régimen general?

El régimen general es el grupo de cotización que engloba a los trabajadores asalariados, es decir, aquellos que trabajan por cuenta ajena.

Incluye:

  • Empleados contratados por empresas.
  • Socios trabajadores de sociedades mercantiles.
  • Personal laboral de entidades públicas (no funcionarios).
  • Conductores dedicados al transporte de particulares.
  • Personal laico de entidades eclesiásticas.
  • Trabajadores en entidades de carácter benéfico.

También se consideran asimilados:

  • Clérigos.
  • Socios trabajadores de sociedades laborales.
  • Reclusos que realizan trabajos penitenciarios retribuidos.
  • Pensionistas en determinados supuestos.

Colectivos con particularidades dentro del régimen general

Existen colectivos que, aun perteneciendo al régimen general, tienen especialidades en su cotización, como:

  • Trabajadores portuarios.
  • Industria resinera.
  • Trabajadores fijos discontinuos en cines, salas de fiestas o discotecas.

Exclusiones del régimen general

Quedan expresamente excluidos:

  • Trabajos familiares no remunerados.
  • Trabajos amistosos o benévolos.
  • Trabajos marginales.
  • Actividades sujetas obligatoriamente a otro régimen (como el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos – RETA).

Cotización en el régimen general

La cotización depende del salario del trabajador y se realiza mediante una aportación conjunta entre empresa y empleado, aunque es la empresa quien se encarga de ingresar las cuotas en la Seguridad Social.

Las cotizaciones cubren diferentes conceptos.

Conceptos por los que se cotiza

  • Contingencias comunes: enfermedad común, accidente no laboral, maternidad.
  • Contingencias profesionales: accidente de trabajo y enfermedad profesional.
  • Desempleo: derecho a prestación por paro.
  • Fondo de Garantía Salarial (FOGASA): cubre salarios impagados en caso de insolvencia empresarial.
  • Formación profesional: financiación de cursos y reciclaje profesional.
  • Horas extraordinarias.

Porcentajes de cotización aportados por la empresa

  • Contingencias comunes: 23,60%
  • Contingencias profesionales: variable según actividad.
  • Horas extraordinarias:
    • 12% (fuerza mayor)
    • 23,60% (resto)
  • Desempleo:
    • 5,50% (contrato indefinido)
    • 6,70% (contrato temporal)
  • FOGASA: 0,20%
  • Formación profesional: 0,60%

Porcentajes de cotización aportados por el trabajador

  • Contingencias comunes: 4,70%
  • Horas extraordinarias:
    • 2% (fuerza mayor)
    • 4,70% (resto)
  • Desempleo:

    • 1,55% (indefinido)
    • 1,60% (temporal)
  • Formación profesional: 0,10%
  • FOGASA: no cotiza el trabajador.

Importancia de cotizar en el régimen general

Cotizar correctamente es fundamental porque de ello dependen derechos como:

  • Prestación por incapacidad temporal.
  • Prestación por desempleo.
  • Pensiones de jubilación.
  • Prestaciones por maternidad o paternidad.
  • Incapacidad permanente.

Las cotizaciones sustituyen el salario cuando el trabajador no puede prestar servicios.

Por ello es recomendable:

  • Revisar la nómina.
  • Solicitar periódicamente el informe de vida laboral.
  • Comprobar que los periodos de alta y bases de cotización son correctos.

En resumen

El régimen general es el sistema de cotización aplicable a los trabajadores por cuenta ajena en España. Permite acceder a las principales prestaciones de la Seguridad Social y se financia mediante aportaciones conjuntas de empresa y trabajador. Una correcta cotización es clave para garantizar protección social y derechos futuros.

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