En un entorno laboral cada vez más regulado y orientado a la productividad, comprender las diferencias entre horas ordinarias, extraordinarias y complementarias no es un simple trámite: es la base para gestionar la jornada laboral con seguridad, transparencia y control. Cuando distinguimos correctamente cada tipo de hora, evitamos errores en nómina o sanciones, reducimos conflictos, protegemos derechos y garantizamos que el registro de jornada sea coherente y defendible ante cualquier revisión.
Por este motivo, cada vez más organizaciones apuestan por soluciones profesionales de control horario para empresas que permiten registrar y clasificar el tiempo de trabajo con precisión, tanto en oficina como en movilidad o teletrabajo, sin perder de vista lo realmente importante: aplicar estas diferencias de forma práctica y sin fricción en el día a día.
Qué son las horas ordinarias, extraordinarias y complementarias
Cuando hablamos de horas ordinarias, extraordinarias y complementarias, no hablamos solo de conceptos legales: hablamos de cómo se computa el horario, cómo se justifica el registro, cómo se liquida la nómina y cómo se controla el exceso de trabajo.
Horas ordinarias: la base de la jornada pactada
Las horas ordinarias son las horas de trabajo incluidas en la jornada pactada en contrato y/o convenio. Constituyen el marco base sobre el que se evalúa cualquier exceso.
- En tiempo completo, coinciden con la jornada habitual fijada por convenio o por la empresa dentro del marco legal.
- En jornada parcial, son exactamente las horas pactadas como jornada parcial.
Clave para el registro horario: en una app, son el primer bloque de horas que se imputan hasta alcanzar el límite pactado (diario/semanal/mensual).
Qué debe registrar una app de control horario:
- Fichajes de entrada y salida con sello temporal (fecha/hora) y trazabilidad.
- Pausas (comida, descanso) configurables según política interna.
- Calendarios laborales por centro, persona o turno.
- Cómputo automático de jornada diaria, semanal y mensual.
- Control de incidencias (olvidos de fichaje, cambios de turno, permisos).
Horas extraordinarias: exceso sobre la jornada ordinaria
Las horas extraordinarias son las horas trabajadas por encima de la duración de la jornada ordinaria u horario habitual y deben pagarse o compensarse según lo pactado; en ausencia de pacto, se entienden compensables con descanso dentro de 4 meses. Además, existe un límite general de 80 horas al año (con matices y excepciones) en el art. 35 del Estatuto de los Trabajadores.
Clave práctica: no todo exceso es “hora extra válida” sin más; conviene que quede justificado y aprobado (motivo, responsable, fecha y duración), especialmente cuando hay políticas internas o convenio.
Qué debe controlar una app de control horario: detección automática del exceso, flujo de aprobación, alertas por acumulados y reportes auditables para nómina y evidencias.
Horas complementarias: ampliación en contratos a tiempo parcial
Las horas complementarias son horas adicionales que se realizan en contratos a tiempo parcial como ampliación de la jornada pactada, bajo condiciones (pacto, límites y, en ciertos casos, voluntariedad), todo ello regulado en el art. 12 del Estatuto de los Trabajadores.
Por qué se confunden con extraordinarias: para quien ficha, ambas son “más horas”, pero en jornada parcial el exceso suele clasificarse primero como complementario si cumple requisitos y límites. En tiempo completo, el “extra” tiende a ser extraordinario (si excede la jornada ordinaria).
Qué debe incorporar el registro horario: identificación del tipo de contrato (parcial/completo), límites configurables según política/convenio, control de preaviso/aceptación si aplica y etiquetado automático del exceso como complementario hasta el máximo permitido.
Diferencias clave entre horas ordinarias, extraordinarias y complementarias
- Horas ordinarias: las pactadas como jornada habitual.
Objetivo: cumplir jornada y productividad sin desviaciones. - Horas extraordinarias: las que superan la jornada ordinaria (generalmente en tiempo completo o cuando corresponde por normativa/convenio).
Objetivo: gestionar picos con control, coste y trazabilidad. - Horas complementarias: horas adicionales en contratos a tiempo parcial, reguladas como ampliación pactada/permitida de la jornada parcial.
Objetivo: flexibilidad en parcial sin desnaturalizar el contrato.
Tabla comparativa: horas ordinarias vs extraordinarias vs complementarias
Resumen práctico para control horario y registro de jornada
| Tipo de horas | ¿A quién aplica? | ¿Cuándo se generan? | Límite clave | ¿Cómo se pagan? |
|---|---|---|---|---|
| Ordinarias | Jornada completa y jornada parcial | Dentro del horario/jornada pactada | Jornada pactada | Salario ordinario |
| Extraordinarias | Principalmente jornada completa | Cuando se supera la jornada ordinaria | 80 horas/año (regla general) | Pago o descanso según pacto |
| Complementarias | Solo contrato a tiempo parcial | Cuando se amplía la jornada parcial pactada |
Pactadas: 30% (hasta 60% por convenio) Voluntarias: 15% (hasta 30% por convenio) |
Como ordinarias (cotizan y van en nómina) |
¿Cuál es el máximo permitido de horas complementarias y extraordinarias?
Máximo de horas complementarias (contrato parcial)
- Pactadas: hasta 30% de las horas ordinarias del contrato, ampliable por convenio hasta 60%.
- Voluntarias (indefinidos parciales): hasta 15%, ampliable por convenio hasta 30%.
Máximo de horas extraordinarias
- Regla general: 80 horas al año (con particularidades, p. ej., fuerza mayor y compensaciones por descanso dentro del plazo).
Retribución de horas ordinarias, extraordinarias y complementarias ¿Cómo se pagan?
Retribución de horas complementarias
El Estatuto es muy claro: “las horas complementarias efectivamente realizadas se retribuirán como ordinarias”.
Retribución de horas extraordinarias
El art. 35 ET indica que se abonarán según lo que se fije (convenio o contrato) o se compensarán con descanso; en todo caso, no pueden pagarse por debajo del valor de la hora ordinaria.
Implicación para una app: debemos permitir parametrizar reglas de pago/descanso, recargos si el convenio los contempla, y circuitos de aprobación.
Ejemplos prácticos: cómo clasificar horas ordinarias, extraordinarias y complementarias
Caso 1: contrato a tiempo completo con jornada fija
- Jornada pactada: 8 horas.
- Trabajado: 9 horas (con pausas correctas).
- Clasificación:
- 8 horas ordinarias
- 1 hora extraordinaria (pendiente de aprobación si aplica)
Caso 2: contrato a tiempo parcial con ampliación
- Jornada pactada: 4 horas.
- Trabajado: 6 horas.
- Clasificación:
- 4 horas ordinarias (parcial)
- 2 horas complementarias (si cumplen condiciones y límites configurados)
Caso 3: parcial que supera límites de complementarias
- Jornada pactada: 4 horas.
- Complementarias permitidas (según regla interna): hasta 2.
- Trabajado: 7 horas.
- Clasificación:
- 4 ordinarias
- 2 complementarias
- 1 hora excedente: requiere regla (potencial extraordinaria o no computable según política/convenio) y aprobación.
Los 4 errores más frecuentes en el registro horario que pueden generar sanciones (y cómo solucionarlos)
1) Registrar solo entradas y salidas, sin reglas de cómputo
Si no definimos calendarios, pausas y turnos, acabamos con datos incompletos. La consecuencia es que no podemos distinguir con rigor qué es ordinario y qué es exceso.
Solución: configurar calendarios, turnos, descansos y tolerancias desde el inicio.
2) No separar “tiempo fichado” de “tiempo trabajado”
Las pausas, interrupciones y tareas no productivas deben estar contempladas según la política. Un fichaje continuo sin pausas puede inflar horas y generar conflictos.
Solución: habilitar pausas y categorías de tiempo si la operativa lo requiere.
3) No gestionar aprobaciones de horas extra
Cuando la persona registra más tiempo y no existe un flujo de validación, la empresa queda expuesta a reclamaciones. Un sistema serio exige aprobación y un motivo.
Solución: implementar circuito de autorización con responsables y evidencias.
4) Tratar el tiempo parcial como si fuese tiempo completo
Aquí nacen la mayoría de errores con horas complementarias.
Solución: parametrizar el tipo de contrato y reglas específicas para parcial.
Qué debe controlar una app de control horario para gestionar horas ordinarias, extraordinarias y complementarias
En cualquier empresa, el verdadero reto no es saber qué son estas horas, sino registrarlas y clasificarlas correctamente. Por eso es clave contar con una app de control horario que lo automatice y lo deje documentado. Estas son algunas de las funciones imprescindibles:
1) Parametrización de contrato y jornada (especialmente jornada parcial)
- Tipo de contrato: parcial / completo.
- Horas ordinarias pactadas y distribución.
- Calendarios, turnos, pausas y descansos.
2) Reglas automáticas de clasificación por tipo de hora
- Ordinarias hasta el umbral pactado.
- Complementarias (pactadas/voluntarias) en parcial, con límites porcentuales.
- Extraordinarias cuando corresponda según art. 35 ET, con control de máximos.
3) Preaviso, aceptación y evidencia
- Alertas de preaviso mínimo (p. ej. 3 días en complementarias pactadas, salvo convenio).
- Registro de aceptación/rechazo cuando sea voluntario.
- Motivo, aprobación, firma o validación.
4) Registro diario, resumen mensual y conservación
Para parcial, el Estatuto exige registro día a día, totalización mensual y entrega de copia con el recibo; además, conservar resúmenes durante 4 años.
Para horas extra, también exige registro diario y entrega de resumen en el recibo correspondiente.
5) Informes listos para nómina y auditoría
- Reportes por persona/equipo/centro.
- Exportación con conceptos separados (ordinarias/complementarias/extraordinarias).
- Historial de cambios (quién, cuándo, por qué).
Conclusión
Distinguir correctamente entre horas ordinarias, extraordinarias y complementarias no es solo una cuestión legal: es la forma más segura de evitar errores en nómina, prevenir sanciones y mantener un registro de jornada coherente. Para lograrlo sin complicaciones, lo más eficaz es apoyarnos en un sistema de control horario para empresas que automatice el registro, la clasificación y la trazabilidad de cada hora trabajada.
Preguntas frecuentes (FAQ)
Dudas habituales sobre horas ordinarias, extraordinarias y complementarias
¿Cuál es la diferencia entre horas complementarias y horas extraordinarias?
Las horas complementarias son propias del contrato a tiempo parcial y se rigen por el art. 12 ET (pacto, límites y, en su caso, aceptación voluntaria). Las horas extraordinarias son las que superan la jornada máxima ordinaria y se rigen por el art. 35 ET, con límite anual general y reglas de compensación/pago.
¿Cuál es la diferencia entre las horas ordinarias y las extraordinarias?
Las ordinarias son las pactadas en la jornada habitual. Las extraordinarias son el exceso sobre la duración máxima de la jornada ordinaria, con obligación de abono o compensación y un límite general anual.
¿Cuánto se pagan las horas suplementarias?
Dependerá de su naturaleza real (complementarias o extraordinarias) y de lo establecido en convenio/contrato. En todo caso:
- Las complementarias se retribuyen como ordinarias.
- Las extraordinarias no pueden pagarse por debajo del valor de la hora ordinaria y pueden pagarse o compensarse con descanso según pacto.
¿Las horas extras se consideran salario adicional?
Pueden suponer una cuantía adicional en nómina si se pagan. Si se compensan con descanso equivalente, el impacto puede no ser “más dinero”, sino “más descanso”, según el marco pactado.
¿Qué tipos de horas extraordinarias hay?
A nivel práctico distinguimos entre horas extra por exceso de jornada y las vinculadas a supuestos excepcionales (por ejemplo, fuerza mayor), que no computan igual a efectos de límites según el art. 35 ET.
¿Qué tipos de horas complementarias existen?
Existen dos tipos de horas complementarias en jornada parcial:
-
Horas complementarias pactadas: se acuerdan mediante pacto escrito y la empresa puede requerirlas dentro de límites y condiciones (como el preaviso).
Ejemplo: contrato parcial de 20 h/semana → se pueden pactar hasta 6 h/semana (30%), salvo mejora por convenio. -
Horas complementarias voluntarias: solo en contratos parciales indefinidos y su realización es opcional para la persona trabajadora (no hay sanción por negarse).
Ejemplo: contrato parcial indefinido de 20 h/semana → se pueden ofrecer hasta 3 h/semana (15%), ampliable por convenio.
¿Cuántas horas extra se pueden hacer al mes?
La referencia más citada es el límite anual (80 horas) y su reducción proporcional si la jornada anual es inferior. El reparto mensual dependerá además de convenio y organización, y conviene monitorizarlo con acumulados en el control horario.
¿Qué pasa si hago más de 2 horas extras al día?
Más que el número diario, lo decisivo es el cumplimiento de límites legales, descansos y el límite anual general (80) salvo matices. Por eso, es recomendable una app de control horario que controle acumulados y descansos, no solo “el día”.





